¿Qué es el consorcio?

Es el conjunto de propietarios de las diferentes unidades funcionales  que deciden por votación sobre las partes comunes del edificio.

¿Qué es el reglamento de copropiedad?

Es una escritura pública que, entre otras cosas, describe cada uno de los departamentos y detalla las partes comunes del edificio.

En el Reglamento se establecen las pautas de organización y convivencia. Por ejemplo, si se puede tener animales, si los departamentos son aptos para ejercer actividades profesionales, etc.

En el reglamento de copropiedad también consta la designación del administrador, sus facultades, obligaciones y el período de ejercicio.

¿Puede modificarse el reglamento de copropiedad?

Sí. Se necesita el voto de las dos terceras partes de los propietarios.

El administrador

¿Es obligatorio que haya un administrador del consorcio?

Sí. Cada consorcio decide si el administrador es uno de los propietarios o alguien externo, profesional de la actividad.

¿Qué obligaciones tiene el administrador del consorcio?

Debe, entre otras cosas:

  • Atender a la conservación de las partes comunes.
  • Asegurar al edificio contra incendio y accidentes.
  • Cumplir con las obligaciones laborales, previsionales y tributarias del consorcio
  • Practicar la cuenta de expensas y recaudar los fondos para satisfacerla.
  • Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de los consorcistas a la misma.
  • Convocar a la asamblea (que es la reunión de propietarios para resolver cuestiones relativas al edificio)
  • Cumplir las decisiones adoptadas por la asamblea.
  • Representar al consorcio en todas las cuestiones administrativas y judiciales
  • Rendir cuentas.
  • En caso de renuncia, cese o remoción, debe poner a disposición del consorcio, dentro de los 15 días hábiles, los libros y la documentación.

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